SCJ establece sentencia comienza a correr desde medida de coacción

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SCJ establece sentencia comienza a correr desde medida de coacción

Santo Domingo.- La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estableció el criterio jurisprudencial de que el punto de partida para la extinción de la acción penal debe computarse desde la fecha en que un tribunal ordena una medida de coacción, en armonía con el artículo 148 del reglamento procesal penal y sus modificaciones consignadas en la ley 10-15 .

Por sentencia nro. SCJ-SS-23-0221, de fecha 28 de febrero de 2023los jueces de la citada sala conocieron un caso de la Fiscalía Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas, en el cual pudieron constatar que, en las actuaciones realizadas a lo largo del proceso, no existen dilaciones procesales injustificadas por parte del Ministerio Público que dan lugar a la extinción de la acción penal.

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Asimismo, los magistrados en sus motivaciones señalaron que el tribunal que declaró la extinción penal del proceso debió tomar en consideración que la labor del Poder Judicial se vio afectada por la pandemia y que los plazos procesales quedaron suspendidos a partir de la fecha. 19 de marzo hasta el 6 de julio de 2020, plazo que no debe computarse para el pronunciamiento de extinción.

“A estos efectos, el término no se cuenta en el momento en que se inicia una investigación, sino cuando se brinda una medida de coacción o una prueba anticipada, actos procesales que no se practican fuera de un tribunal, sino que son ordenados por una jurisdicción competente, que informa al imputado de su situación procesal y le permite ejercer libremente su derecho de defensa”, especifica la sentencia.

Tras estas valoraciones, los jueces de la Sala Penal de la SCJ casada resolución no. 502-2022-SRES-00253dictada por la Sala Segunda de la Sala Penal de la Corte de Apelaciones del Distrito Nacional y dispone que la causa sea remitida a la presidencia de la Sala Penal de la Corte de Apelaciones de la misma jurisdicción para que designe otra de sus salas para conocer el recurso.

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