SANTO DOMINGO.- La Corte Constitucional declaró inconstitucional el artículo 99 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19, sobre voto electrónico, por considerar que viola principios inherentes al derecho al voto activo y pasivo, porque genera discriminación e intermediación en el ejercicio del sufragio.
El TC aceptando una acción interpuesta por la abogada Namphi Rodríguez, el 4 de febrero de 2020, en la que explicó que argumentó que los ciudadanos menos desposeídos y alfabetizados exigirían a terceros el ejercicio del sufragio, estableciendo un mecanismo electrónico para el ejercicio de este derecho eso potencialmente deja rastros de quién emitió el voto, lo que también afecta el secreto.
El artículo 99 de la ley sobre la automatización del proceso electoral señala que la JCE está facultada, en consulta con los partidos políticos, para la automatización progresiva del proceso de votación, debiendo probar los sistemas que se utilizarán, por lo menos seis meses antes. votaciones, y que las pruebas podrán incluir simulacros realizados exclusivamente para la validación de los programas y equipos a ser utilizados, los cuales podrán ser utilizados como evidencia en las votaciones correspondientes a sindicatos y organizaciones de la sociedad civil.
Según la actuación de Rodríguez, se violarían los artículos 2, 4, 6, 7, 8, 22.1, 39, 208, 211 y 268 de la Carta Magna, sobre soberanía popular; Gobierno de la nación y separación de poderes; Supremacía de la Constitución; Estado social y democrático de derecho; Función esencial del Estado; derechos de ciudadanía; Elija y sea elegible; Libertad de expresión e información; Derecho de información; ejercicio del sufragio; Organización de las elecciones y forma de gobierno.
Los jueces consideraron que no es posible, sin violar el citado artículo 4 de la ley suprema, delegar en un órgano ajeno al Poder Legislativo la regulación o modulación del sufragio activo, siempre que se trate de la afectación de un derecho fundamental.
La decisión contó con los votos salvados de José Alejandro Vargas y Lino Vásquez Samuel, mientras que la mayoría votó a favor.
La Corte Constitucional está integrada por los jueces Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer suplente; Lino Vásquez Sámuel, segundo suplente; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Barba Marcos, Manuel Ulises Bonnelly Vega, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, María del Carmen Santana de Cabrera, Miguel Valera Montero, José Alejandro Vargas Guerrero y Eunisis Vásquez Acosta.









