Denuncia Presupuesto presentado por alcalde Jiménez prevé desvío de recursos

Denuncia Presupuesto presentado por alcalde Jiménez prevé desvío de recursos

Santo Domingo.- EEl candidato a alcalde de Santo Domingo Este, Miguel Surun Hernández, denunció que de los 300 millones de pesos que se destinaron para la construcción de obras del Presupuesto Municipal Participativo de 2023, solo se incluyeron 25 millones de pesos, en contravención al artículo 21 de la Ley. 176-07, sobre el Distrito Nacional y Municipios y de la resolución 02-2020, según consta en el Proyecto de Presupuesto presentado por el alcalde Manuel Jiménez.

Surun Hernández, quien también es presidente del Colegio de Abogados de RD (CARD), afirmó que esta acción viola la voluntad popular expresada en las asambleas municipales, que consagró la aprobación de decenas de obras en barrios carenciados de todo el municipio. .

“Es lamentable que la actual administración municipal haya optado por privilegiar el clientelismo político, con una nómina parasitaria que ya supera el 57% de los ingresos, mientras que las inversiones de capital de la presente administración no superan el 10%, al privilegiar obras lujosas que nadie tiene”. preguntó, como el Bar de Chencha, mientras decenas de obras que los municipios necesitan a través del presupuesto participativo quedan en el olvido”, dijo el destacado abogado.

El sindicalista recordó que el artículo 21 de la Ley 176-07 indica que los municipios “destinarán sus propios ingresos (25%) para gastos de personal, y un mínimo (40%), para obras de infraestructura, lo que ha sido flagrantemente violado en el presente administración con el consiguiente deterioro de la infraestructura municipal, en especial de los mercados, parques y plazas, ante la mirada indiferente de las autoridades municipales.

Surun Hernández advirtió al intendente de la SDE y al Concejo de Concejales que los fondos del Presupuesto Participativo son intocables, y de ninguna manera pueden ser objeto de deducción alguna, como ya lo estableció la Corte Constitucional mediante Sentencia TC/0235/14, TC /0358/14, TC/0259/14 y TC/0379/15, toda vez que esta obligación no puede ni debe ser eludida por las autoridades municipales, pues resulta mandato expreso de la Constitución dominicana, en su artículo 235, sobre el Proyecto de Ley de Presupuestos del Estado.

El aspirante a dirigir el Gobierno Municipal de Santo Domingo Este señaló que la nulidad de lo que calificó como una aberración se apoderará de las vías de justicia administrativa, en perjuicio de la soberanía popular y los intereses del municipio


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